Nueva Delhi:
Los contribuyentes que pagaron GST en ‘Flete marítimo’ en bienes importados tendrán derecho a reclamar reembolsos, siguiendo el fallo de la Corte Suprema, siempre que no hayan reclamado un crédito fiscal de entrada, dijeron los expertos.
Al dar su decisión en el caso Mohit Minerals, la Corte Suprema sostuvo que dado que el importador indio es responsable de pagar el IGST sobre el ‘suministro compuesto’, que comprende el suministro de bienes y la prestación de servicios de transporte, seguros, etc. Seguro de flete), un cargo separado al importador indio por la ‘prestación de servicios’ por parte de la línea naviera sería una violación de la Ley CGST.
En este caso particular, la empresa impugnó la validez de la notificación de la CBIC con respecto al cargo de GST integrado en el transporte marítimo en el Tribunal Superior de Gujarat. El Tribunal Superior confirmó la decisión del Tribunal Superior de Gujarat que favorecía a la empresa.
El socio de servicios de consultoría de Tax Connect, Vivek Jalan, dijo que esto es un gran alivio para los importadores y los contribuyentes del GST. “De hecho, los contribuyentes que ya pagaron ICMS ahora también pueden solicitar su devolución”.
El socio de Dhruva Advisors, Naresh Sheth, dijo: «Esta tarifa, en esencia, era un impuesto sobre las transacciones entre dos partes extranjeras que tenían lugar fuera de la India, lo que aparentemente está más allá de la jurisdicción territorial del gobierno indio». El señor. Jalan también dijo que, en general, el valor de los bienes importados es CIF e incluye los componentes Costo, Seguro y Flete. Por lo tanto, el impuesto aduanero y el GST se cobran sobre este monto.
«Sin embargo, la CBIC también buscó cobrar GST @ 5 por ciento sobre el valor de los bienes importados, considerando el 10 por ciento del valor de los bienes importados como flete marítimo», agregó el Sr. Jalán.
Rajat Mohan, socio principal de AMRG & Associates, dijo que la Corte Suprema confirmó la decisión de la Corte Suprema de Gujarat que clasifica el cargo de IGST en los servicios de carga marítima como inconstitucional.
Se trata de una doble imposición del IGST puesto que ya ha sufrido tributación sobre el valor de los bienes. Además, estos servicios son recibidos por el exportador extranjero, por lo que el importador indio no debe ser responsable de pagar el GST por ellos, dijo.
“Con esto se abre una ventana de oportunidad para que los importadores que ya pagaron el impuesto exijan una devolución al fisco”, agregó Mohan.
El director general Ajay Sahai de la Federación de Organizaciones de Exportación de India (FIEO) dijo que FIEO ya ha declarado que el flete marítimo de bienes importados en base CIF no debe cobrarse ya que equivale a una doble imposición, lo que se suma al problema de liquidez.
«Aunque el descuento del IGST en las importaciones estaba disponible, pero después de un lapso de tiempo, aumentó los desafíos para los fabricantes y exportadores», dijo Sahai.
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